SUMARIO
- LA ADMINISTRACIÓN PUEDE COMPROBAR SALDOS DE IVA GENERADOS EN PERÍODOS PRESCRITOS CUANDO SE COMPENSAN EN PERÍODOS NO PRESCRITOS. El Tribunal Supremo determina que, tras la reforma de la Ley 34/2015, la Administración puede comprobar y, en su caso, rectificar los saldos de IVA pendientes de compensación generados en períodos prescritos cuando estos se proyecten sobre ejercicios posteriores no prescritos, al constituir créditos fiscales cuya realidad y cuantía pueden ser verificadas para determinar correctamente la obligación tributaria.
- IVA E IRPF EN EL ALQUILER DE VIVIENDAS TURÍSTICAS A TRAVÉS DE UNA COMUNIDAD DE BIENES. La Dirección General de Tributos analiza el tratamiento fiscal de una comunidad de bienes constituida por dos copropietarios de viviendas destinadas al uso turístico.
- RÉGIMEN ESPECIAL DE FUSIONES, ESCISIONES, APORTACIONES Y CANJE DE VALORES (FEAC). Se valida por parte del Tribunal Supremo la doctrina sobre la no regularización del diferimiento implícito en este tipo de operaciones.
- ITP Y AJD. EXTINCIÓN DE CONDOMINIO: CUÁNDO TRIBUTA POR AJD Y CUÁNDO POR TPO. Ante la existencia de varios inmuebles en la adjudicación de la herencia entre los mismos comuneros, la forma de adjudicación de los inmuebles va a determinar la tributación, resultando determinante si existe o no extinción del condominio.
- IAJD – OBRA NUEVA: NO PROCEDE ACTUALIZAR MONETARIAMENTE EL COSTE DE CONSTRUCCIÓN. Una sentencia del TS limita las posibilidades de la Administración de incrementar la tributación de obras antiguas mediante la actualización del coste histórico de construcción y refuerza la diferenciación entre coste de ejecución y valor de mercado del inmueble.
- CALENDARIO FISCAL OCTUBRE 2026.