- La inflación anual estimada del IPC en mayo de 2026 es del 3,2%, de acuerdo con el indicador adelantado elaborado por el INE. Este indicador proporciona un avance del IPC que, en caso de confirmarse, supondría que la tasa anual se mantiene estable, ya que en el mes de abril esta variación fue también del 3,2%. En este comportamiento destaca la influencia al alza del transporte y de las actividades recreativas, deporte y cultura, cuyos precios descienden menos que en mayo de 2025. La tasa de variación anual estimada de la inflación subyacente (índice general sin alimentos no elaborados ni productos energéticos) aumenta una décima, hasta el 2,9%.
- Entra en vigor la nueva normativa europea sobre viajes combinados, aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo el pasado 29 de abril de 2026 (Directiva (UE) 2026/1024). Si bien la entrada en vigor se produjo ayer al cumplirse veinte días desde la fecha de su publicación en el DOUE, los Estados miembros pueden acometer la trasposición de las disposiciones de esta nueva directiva en su normativa nacional hasta el día 29-09-2028, que ha de ser aplicable en sus respectivas jurisdicciones a partir del 29-03-2029. Aunque la novedad más llamativa es la supresión del concepto “servicios de viaje vinculados”, introducido por la anterior directiva del año 2015, hay que reseñar que en esta reforma se establecen otras medidas relevantes para las empresas del sector turístico, incluidas reglas sobre reembolsos, vales, protección frente a la insolvencia y gestión de reclamaciones.
- Nueva vuelta de tuerca al uso del valor de referencia del Catastro por parte de Hacienda como método para calcular tributos como el ITPAJD y el ISD tras la compra, la donación o la herencia de una vivienda. Si hace unos meses, el pasado 12 de febrero, el TC dio su visto bueno a este índice como norma general, el TS deberá ahora determinar las pruebas que los contribuyentes que consideren que sus inmuebles valen menos -y, por tanto, deben pagar menos impuestos- pueden aportar al Fisco para dejar sin efecto el valor de referencia. Así ocurrirá después de que el Alto Tribunal haya aceptado un recurso de casación en el que recuerda que el fallo del Constitucional «sostiene que el valor de referencia goza de presunción, pero no es una presunción absoluta, por lo puede ser impugnado, correspondiendo en último término a la jurisdicción contencioso-administrativa revisar la corrección del valor de referencia cuando el contribuyente aporta prueba suficiente».
- Nueva e importante reducción de los plazos de pago de los transportistas en abril: 53 días de media. En el mes de Abril las empresas cargadoras e intermediarias que incumplieron la legislación sobre morosidad representaron menos de la mitad, y además en el 75% de los incumplimientos los excesos de plazo de pago fueron leves, esto es, entre 60 y 90 días, aunque en el lado opuesto todavía hay un 8% de empresas incumplidoras que pagan a más de 120 días. En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden la trasferencia, seguido del confirming, el pagaré y el cheque.
- La DGSJFP aborda una de las cuestiones que más debate había generado en los últimos años en la práctica concursal y registral: la posibilidad de cancelar parcialmente una hipoteca cuando, en el seno de un procedimiento concursal, únicamente se transmite una cuota indivisa de la finca gravada. Hasta ahora, este tipo de operaciones generaban importantes bloqueos en la liquidación de activos concursales, especialmente cuando el deudor únicamente era titular de participaciones indivisas sobre bienes hipotecados. La resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública considera que, en el contexto específico de la liquidación concursal, el art. 225 TRLC actúa como norma especial y desplaza la aplicación estricta del principio de indivisibilidad hipotecaria. En consecuencia, admite la cancelación de la hipoteca respecto de la cuota adjudicada y la subsistencia de la carga únicamente sobre la participación restante.
- La CNMC sugiere reforzar la normativa de residuos textiles, en el informe que ha emitido sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se regulan los productos textiles y el calzado. La CNMC valora positivamente el PRD y recoge los siguientes aspectos que pueden mejorarse: Justificación de umbrales, justificación adecuada de los objetivos y su viabilidad, establecer un plazo para que la Comisión de Coordinación emita sus informes sobre las solicitudes de autorización, realizar una evaluación periódica de los modelos de gestión colectiva para evitar efectos adversos sobre la competencia, definir con mayor precisión cuándo son exigibles las obligaciones financieras y valorar si la fecha establecida (1 de enero de 2029) para aplicar las obligaciones de financiación es razonable para minimizar los costes de adaptación de los operadores.
- La Comisión Europea presentará el próximo 7 de julio su propuesta para el nuevo ‘Affordable Housing Act’, una iniciativa con la que Bruselas pretende dar cobertura jurídica a los Estados miembros, regiones y ayuntamientos para intervenir en las zonas con mayores tensiones de precios y reforzar la oferta de vivienda asequible. El texto, todavía en preparación, se enmarca en el European Affordable Housing Plan, la primera estrategia comunitaria específica sobre vivienda asequible, presentada por la Comisión en diciembre de 2025. La nueva norma se centrará especialmente en los alquileres de corta duración, uno de los factores que Bruselas vincula con la presión sobre el mercado residencial en las grandes ciudades y en los principales destinos turísticos.
SECTORES BANCARIO Y BURSÁTIL
- CaixaBank intensifica su apuesta por el mercado del leasing en España. Entre 2023 y 2025, el grupo elevó un 23% su volumen en cartera viva, hasta un total de 6.043 millones de euros, según los datos de la Asociación Española de Leasing y Renting. El año pasado, la entidad realizó más de 22.500 operaciones, lo que supone una de cada cuatro entre todas las que se firmaron. El conjunto de esas transacciones alcanzó un importe de 2.296 millones, equivalente a una cuota de mercado del 26,27% de la inversión nueva del sector.
EMPRESA
- Sometida a audiencia e información pública la circular relativa a la “Protección de los documentos elaborados por el profesional de la abogacía y entregados al cliente en el marco de la relación profesional de asesoramiento y defensa”, un texto considerado de especial relevancia para la profesión jurídica. Así lo ha anunciado el Consejo General de la Abogacía Española. La Abogacía Española elaboró este informe a primeros de año en el que sostenía que el secreto profesional ampara, no solo las comunicaciones entre abogado y cliente, sino también los documentos elaborados por el letrado incluso después de haber sido entregados. Así, estos no pueden ser obtenidos por la Administración tributaria mediante requerimientos dirigidos al propio contribuyente. Las propuestas podrán remitirse hasta el próximo 8 de junio de 2026.
- Mango y Puig han presentado demandas contra el Ejecutivo americano por las tasas cobradas entre febrero de 2025 y el mismo mes de 2026, tres meses después de que la Corte Suprema de EEUU declarase ilegales los aranceles impuestos por la administración. Los dos procesos se dirigen en primer lugar contra la propia administración estadounidense y varios organismos y dirigentes de primer nivel norteamericanos. Según la Cámara de Comercio de España, el ingreso que podrían percibir las empresas del país como compensación escalaría hasta los 3.000 millones de euros. Así, las dos compañías exigen «la devolución de todos los aranceles cobrados con intereses» o «una indemnización equivalente al valor de dichos aranceles más los intereses anteriores y posteriores a la sentencia». De este modo, Mango y Puig puede marcar un camino para, especialmente, grandes grupos internacionales.