DF OCTUBRE 2024

SUMARIO

  1. EL REQUISITO DE EMPLEADO A JORNADA COMPLETA SE PUEDE CUMPLIR POR LA PERSONA CON FUNCIONES DIRECTIVAS A EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE LA REDUCCIÓN DE EMPRESA FAMILIAR. El TEAC admite que, para la aplicación del régimen de empresa familiar en relación con las participaciones en una entidad dedicada al arrendamiento inmobiliario, la persona que ejerza funciones directivas pueda, a su vez, servir para el cumplimiento del requisito que exige tener un empleado con contrato laboral a jornada completa.
  1. LAS RETRIBUCIONES PERCIBIDAS POR LOS ADMINISTRADORES DE UNA ENTIDAD MERCANTIL, ACREDITADAS Y CONTABILIZADAS, NO CONSTITUYEN UNA LIBERALIDAD NO DEDUCIBLE POR EL HECHO DE QUE LAS MISMAS NO ESTUVIERAN PREVISTAS EN LOS ESTATUTOS SOCIALES. Según sentencia del Tribunal Supremo, las retribuciones percibidas por los administradores de una entidad no constituyen una liberalidad.
  1. SE ACLARA EL TRATAMIENTO APLICABLE EN EL IRPF A LAS RETRIBUCIONES DERIVADAS DE LA FINANCIACIÓN DE MÁSTERES DE LOS EMPLEADOS. La DGT en su CV V0449-24, de 19 de marzo de 2024 da respuesta a la consulta formulada por una entidad que se ha hecho cargo de la totalidad del coste de másteres de formación de algunos de sus empleados.
  1. TRATAMIENTO DE LAS INDEMNIZACIONES POR DESPIDO EN EL IRPF. Un breve resumen del tratamiento de las indemnizaciones por despido en el IRPF.
  1. EL ALQUILER A ESTUDIANTES DURANTE EL CURSO LECTIVO PUEDE BENEFICIARSE DE LA REDUCCIÓN POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. Así lo establece el TSJ de Galicia en su sentencia del pasado 28 de febrero.

 

  1. SE PUEDE SOLICITAR LA DIVISIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL IBI EN EL CASO DE CONCURRENCIA DE VARIOS OBLIGADOS TRIBUTARIOS. En el caso de concurrencia de varios obligados tributarios, se puede solicitar la división de la liquidación del IBI, siempre que se facilite a la Administración los datos personales y el domicilio de los otros obligados al pago, así como su cuota de participación.
  1. NOTA DE LA AGENCIA TRIBUTARIA SOBRE CUESTIONES RELATIVAS A LOS VEHÍCULOS DE USO MIXTO CEDIDOS A EMPLEADOS. El 28 de julio de 2023 la Agencia Tributaria publicó en su sede electrónica una Nota en la que pone de manifiesto el criterio seguido por la Administración en las comprobaciones de los últimos tiempos sobre la tributación de la cesión a empleados de vehículos para su uso mixto, en referencia a los últimos pronunciamientos del TJUE, de la AN, del TEAC y de la propia DGT al respecto.
  1. CALENDARIO FISCAL OCTUBRE 2024
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